CLASES DE ABORDAJE
- lisethf2018
- 8 feb 2024
- 3 Min. de lectura
Actualizado: 28 feb 2024
El abordaje marítimo, conocido también como abordaje o colisión en los círculos legales marítimos, representa un encuentro inesperado entre dos embarcaciones. Ya sea en las profundidades del océano, en transitadas vías acuáticas o en bulliciosos puertos, estos encuentros pueden desencadenarse por diversos factores: desde simples errores de navegación hasta desafiantes condiciones climáticas, fallas técnicas o, incluso, errores humanos.

Los abordajes pueden tener graves consecuencias, tanto en términos de daños materiales a las embarcaciones involucradas como en riesgos para la seguridad de las personas a bordo. Además, pueden dar lugar a disputas legales sobre la responsabilidad y la indemnización por los daños ocasionados.
Podemos clasificar los tipos de abordaje de la siguiente manera:

Casos generales de Abordaje
En los casos generales de abordaje, además de la colisión entre embarcaciones, es esencial destacar la importancia de la prevención y el cumplimiento de las normativas de navegación.
-Abordaje Fortuito
El abordaje fortuito hace referencia a choques entre embarcaciones que suceden de forma accidental, usualmente debido a condiciones inesperadas y fuera del control humano, como climas extremos, errores repentinos por parte de la tripulación o fallos mecánicos imprevistos. Estos eventos pueden resultar en daños significativos tanto materiales como en términos de seguridad para quienes están a bordo.
-Abordaje Culposo
Se refiere a un choque entre embarcaciones causado por culpa, negligencia o falta de habilidad, y puede clasificarse en:
a) Unilateral: cuando la responsabilidad del abordaje recae en una sola embarcación. En este caso, el armador es responsable de cubrir los daños causados. Es importante destacar que si el abordaje ocurre debido a la culpa del capitán o algún miembro de la tripulación, el armador puede reclamar contra ellos para recuperar lo que tuvo que pagar al tercero.
b) Bilateral: cuando ambas embarcaciones son culpables. La situación de culpa compartida entre las dos embarcaciones involucradas plantea un desafío significativo para determinar la atribución de responsabilidades, y existen diferentes enfoques para resolver esta cuestión. Según el Código de Comercio, cada embarcación cubre sus propios daños, mientras que el Convenio de Bruselas establece que la responsabilidad será proporcional a la gravedad de la falta cometida. La tendencia en las legislaciones más modernas es adoptar una solución similar a la del Convenio, es decir, pagar proporcionalmente a la culpa, aunque determinar esto resulta ser muy difícil.
-Abordaje Dudoso
En abordajes dudosos, donde la responsabilidad es incierta, el Código de Comercio y el Convenio de Bruselas ofrecen soluciones divergentes. Según el Código, cada embarcación en contacto debe pagar sus propios daños, mientras que el Convenio asigna responsabilidad proporcional a la culpa. Estas diferencias tienen implicaciones importantes en la responsabilidad y compensación por daños.
Casos Especiales
En los abordajes especiales, se trata de situaciones únicas que pueden implicar circunstancias particulares, como la responsabilidad del práctico, la intervención de terceros o la navegación en convoy.
a) Culpa del Práctico: Cuando la culpa recae en el práctico encargado de guiar la embarcación, se presenta una situación compleja. La determinación de la culpa y la asignación de responsabilidades varían según las leyes marítimas aplicables.
b) Culpa de un Tercero: Si un tercero, sin relación directa con las embarcaciones involucradas en el abordaje, es responsable del incidente, surgen nuevos desafíos. Es fundamental establecer la relación causal y determinar la responsabilidad de acuerdo con las circunstancias específicas.
c) Culpa en Convoy: Cuando varias embarcaciones navegan juntas y se produce un abordaje, la asignación de la culpa puede resultar complicada. Se debe examinar la conducta de cada embarcación dentro del convoy para determinar si alguna contribuyó al abordaje.

Abordaje Atípico
Se refiere a situaciones que, aunque no implican una colisión directa entre embarcaciones, generan daños debido a acciones como la creación de oleaje por parte de un buque en movimiento. En este caso, las normas de abordaje se aplican por extensión debido a la transgresión de las normas de navegación.
En cuanto a la indemnización por los daños en estos casos, existen tres teorías:
La primera teoría propone la restitución de un buque de características similares.
La segunda teoría sugiere el pago del valor de mercado del buque más los daños ocasionados.
La tercera teoría aboga por la compensación tanto del daño material como de las pérdidas económicas sufridas.
Además, es esencial considerar los convenios internacionales que regulan los abordajes marítimos, además de comprender las distintas categorías de este tipo de incidentes. Entre estos, destaca el Convenio de Bruselas de 1910, fundamental para establecer normativas y procedimientos en casos de abordajes entre embarcaciones en aguas internacionales. Otros acuerdos relevantes son el Convenio STCW y el Convenio SOLAS, que también abordan aspectos relacionados con la seguridad marítima y la prevención de abordajes. La familiarización con estos tratados ofrece una visión más completa de los aspectos legales y de seguridad implicados en las diversas situaciones de abordaje en alta mar.
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-Abordaje Dudoso
En abordajes dudosos, donde la responsabilidad es incierta, el Código de Comercio y el Convenio de Bruselas ofrecen soluciones divergentes. Según el Código, cada embarcación en contacto debe pagar sus propios daños, mientras que el Convenio asigna responsabilidad proporcional a la culpa. Estas diferencias tienen implicaciones importantes en la responsabilidad y compensación por daños.